La cronología del plan parcial de Llíber que aprobó el PSPV... en 1991
- La tramitación del actual PAI de Llíber, que contempla la construcción de 488 viviendas con piscina, no es más que una modificación del original
- En 1991 tenía 385.000 m2, ahora 406.213, un 5,5% más; hace 33 años se proponía la construcción de 462 viviendas y entonces se aprobaron 115.500 metros de techo frente a los 125.779 actuales, un 8,9% más
La realidad, los hechos y la documentación -la hemeroteca, para entendernos- es tozuda y siempre deja al descubierto la verdad, y a veces hasta las miserias políticas. El plan parcial Medina Llíber fue aprobado definitivamente el 27 de septiembre de 1991, siendo alcalde de la localidad el socialista Joaquín Escrivá Mestre en los tiempos en que el presidente de la Generalitat era Joan Lerma y el conseller de Obras Públicas Eugenio Burriel. Escrivá Mestre había tomado posesión solo dos meses largos antes, de manera que la tramitación del plan parcial tuvo lugar durante el mandato de José Mas Avellá, entonces alcalde por el Partido Demócrata Popular, y entre 1999 y 2003, el periodo del impulso definitivo del PAI, por el PP. En nada hará pues 33 años que se aprobó. Definitivamente.
Entonces ni siquiera estaba aprobada la primera ley urbanística valenciana, la LRAU, que data de 1994. Se trató entonces de una reclasificación de suelo, que pasó de ser no urbanizable común a urbanizable. Para los propietarios de los terrenos de entonces fue lo que se conoce como un pelotazo porque entre 1991 y 2000, cuando Garsiva comenzó a comprar suelo hasta hacerse con la propiedad de la totalidad de las parcelas del PAI, en los tiempos de plena expansión y crecimiento de la burbuja inmobiliaria, los vendedores han generado importantes plusvalías.
En todo caso, la tramitación actual del PAI de Llíber, que contempla la construcción de 488 viviendas con piscina, no es más que una modificación de aquél plan parcial para resolver una cuestión puntual, pero que apenas modifica las condiciones primigenias. En 1991 se aprobó un PAI sobre 385.000 metros cuadrados, y el de ahora se extenderá sobre 406.213, es decir, es un 5,5% más grande. Hace 33 años se proponía la construcción de 462 viviendas; hoy son 488. Y entonces se aprobaron 115.500 metros de techo frente a los 125.779 actuales, o sea, un 8,9% más. En esencia, como se puede ver, el mismo PAI.
Entonces, ¿por qué se propuso un plan parcial modificativo del inicialmente aprobado definitivamente por el Consell en 1991? Pues, según la documentación oficial, por discrepancias entre el documento aprobado entonces por la Comisión Territorial de Urbanismo y el que obra en el Ayuntamiento para la inclusión en el plan parcial de la zona destinada a uso docente-deportivo privado manejado por el Ayuntamiento, que en las Normas Subsidiarias aparecía como suelo no urbanizable.
Es muy llamativo que desde que se aprobó el PAI en 1991 hasta el 28 de abril de 1998 no pasó nada relevante. En esa fecha, José Manzanares Secades solicitó la expedición de la cédula de urbanización para el PAI que desarrolla el plan parcial Medina Llíber, aunque el 2 de septiembre del mismo año el subsecretario de Urbanismo y Ordenación Territorial resolvió no expedirla.
Con el plan parcial aprobado en 1991, el instrumento de su desarrollo, el PAI, fue aprobado provisionalmente por el pleno del Ayuntamiento de Llíber el 8 de junio de 1999 tras cumplir el trámite de exposición pública y desestimar tres alegaciones. Es muy significativo que en esa fecha estaba en funciones el alcalde socialista Juan Bautista Reus Fullana y a punto de tomar posesión del cargo de nuevo Mas Avellá, que se había presentado esta vez por el PP.
Sin embargo, el camino a seguir se convirtió en tortuoso porque el 30 de julio de 1999 y el 11 de julio del 2000 la Comisión Territorial de Urbanismo suspendió la tramitación del expediente en tanto no se presentara el estudio del barranco que atraviesa el sector y se establecieran sistemas de evacuación a fin de prevenir inundaciones.
Además, el 21 de marzo de 2000 la Conselleria condicionó la aprobación de la Declaración de Impacto Ambiental al correcto funcionamiento de la Estación Depuradora de Aguas Residuales "construyendo otro sistema de depuración independiente si fuera necesario y conectándolo a la red de aguas residuales del colegio", además de asegurar la Recogida de Residuos Sólidos Urbanos.
Y más. La Conselleria de Medio Ambiente informó el 10 de noviembre de 2000 de que "no existe sistema alguno de depuración de aguas residuales asociado al plan parcial Medina Llíber", ya que el emisario propuesto "no puede considerarse como tal en ningún caso", por lo que "no debe aprobarse el plan parcial modificativo". Poco después, los días 22 y 23 de enero de 2001, la Conselleria recibió la documentación que supuestamente subsanaba los problemas de conexión con la red de saneamiento y el 29 de marzo de 2001 el conseller José Ramón García Antón decide aprobar definitivamente la homologación y el plan parcial Medina Llíber modificado a propuesta de la Comisión Territorial de Urbanismo, que informó favorablemente el 24 de enero de 2001.
Con todo, al final el plan parcial ha tenido que adaptarse al Decreto Legislativo 1/2021, del Consell, de aprobación del texto refundido la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunidad Valenciana (LOTUP), así que el pleno del Ayuntamiento de Llíber tuvo que aprobar el 26 de enero de 2021 el Programa de Actuación Integrada Sector Medina de Llíber y adjudicárselo por gestión indirecta al propietario de todo el suelo, la mercantil Garsiva, SLU., tras desestimar las alegaciones que se presentaron. El convenio entre consistorio y empresa se firmó el 17 de diciembre de ese año.
Previamente, el 10 de marzo de 2017 Garsiva, SLU. había solicitado el inicio de la tramitación del Programa de Actuación Integrada del Sector Medina, iniciativa que fue admitida a trámite con un decreto de Alcaldía el 30 de junio de 2017, al tiempo que le fue requerida la mercantil para que presentara ante el Ayuntamiento la totalidad de la documentación del Programa de Actuación Integrada (Alternativa Técnica y Proposición Jurídico-económica), para proceder a su tramitación. Posteriormente, el 22 de diciembre de 2017 Garsiva presentó la documentación del PAI.
Hasta el 14 de septiembre de 2018 no se acordó someter a información y participación pública la alternativa técnica y proposición jurídico-económica del PAI, así como sus anexos, durante 45 días hábiles.
El 6 de noviembre de 2020 el arquitecto municipal Miguel Poole Derqui emitió un informe técnico del proyecto de urbanización del sector y el 7 de diciembre de 2020 el abogado Salvador Ivars Pérez emitió un informe jurídico del proyecto que en realidad debió haber emitido la Secretaría Municipal.
Y luego vienen todos los problemas actuales, o, por mejor decir, EL PROBLEMA, la necesidad de contar con un informe de suficiencia hídrica de la Conferderación Hidrográfica del Júcar, el organismo de cuenca, que garantice que el PAI dispone de los recursos hídricos suficientes, cosa que hasta hoy no ha sucedido. Pero esa es otra historia.
CRONOGRAMA
- 27.09.1991. Se aprueba definitivamente el plan parcial.
- 28.04.1998. José Manzanares Secades solicita la expedición de la cédula de urbanización para el PAI.
- 2.09.1998. El subsecretario de Urbanismo y Ordenación Territorial resuelve no expedirla.
- 8.06.1999. El pleno del Ayuntamiento de Llíber aprueba provisionalmente el PAI.
- 30.07.1999 y 11.07.2000. La Comisión Territorial de Urbanismo suspende la tramitación del expediente
- 21.03.2000. La Conselleria condicionó la aprobación de la Declaración de Impacto Ambiental al correcto funcionamiento de la Estación Depuradora de Aguas Residuales.
- 10.11.2000. Medio Ambiente informa de que "no existe sistema alguno de depuración de aguas residuales asociado al plan parcial Medina Llíber".
- 22 y 23.01.2001. El urbanizador subsana los problemas de conexión con la red de saneamiento.
- 24.01.2001. La Comisión Territorial de Urbanismo informa favorablemente al PAI.
- 29.03.2001. El conseller José Ramón García Antón aprueba definitivamente la homologación y el plan parcial Medina Llíber modificado.
- 26.01.2021. El Ayuntamiento de Llíber aprueba el PAI Sector Medina de Llíber y se lo adjudica por gestión directa al propietario de todo el suelo, la mercantil Garsiva, SLU.
- 10.03.2017. Garsiva, SLU. solicita el inicio de la tramitación del PAI del Sector Medina.
- 30.06.2017. La iniciativa es admitida a trámite con un decreto de Alcaldía.
- 22.12.2017. Garsiva presenta la documentación del PAI.
- 14.09.2018. Se acuerda someter a información y participación pública la alternativa técnica y proposición jurídico-económica del PAI.
- 6.11.2020. El arquitecto municipal Miguel Poole Derqui emite un informe técnico del proyecto de urbanización.
- 7.12.2020. El abogado Salvador Ivars Pérez emitió un informe jurídico del proyecto.
- 26.01.2021. El pleno del Ayuntamiento aprueba el PAI Sector Medina de Llíver formulado por la mercantil Garsiva, SLU. por el régimen de gestión por los propietarios. Este acuerdo asume el contenido íntegro de los informes de 6 de noviembre y 7 de diciembre de 2020 emitidos por la asesoría técnica y jurídica del Ayuntamiento, además de adjudicar a la mercantil Garsiva, SLU. la condición de agente urbanizador del PAI y la constitución de la garantía definitiva por importe de 100.940,04 euros correspondientes al 2% del valor de las cargas de urbanización.
- 17.12.2021. Firma del convenio entre el consistorio y la empresa.